SANTANDER CENTRAL HISPANO. HIPOTECAS Y SEGUROS
 
MÓDULO XIII. PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Qué es tipo de interés de un préstamo?

El tipo de interés de un préstamo es el precio del dinero, es decir, lo que nos cuesta el dinero recibido en préstamo. En todo caso, en el contrato de préstamo se ha de indicar la fórmula para el cálculo de los intereses. Los intereses pueden ser fijos o variables.

2. ¿Cuáles son las diferencias entre los intereses fijos y los variables?

Los intereses fijos son aquellos que tienen un precio del dinero fijo. Por el contrsario los intereses variables son los que fluctúan de acuerdo a una norma establecida en el contrato. Normalmente es un tanto por ciento más una referencia general, EURIBOR, MIBOR,….

3. ¿Cuándo interesa un tipo de interés variable o tipo de interés fijo?

El tipo de interés variable de un Préstamo interesa cuando el tipo legal del dinero es bajo, de esa manera siempre nos cobrarán menos por el Préstamo. En cambio, cuando el tipo de interés legal del dinero sube es mejor un tipo de interés fijo. También hay que tener en cuenta si el interés legal del dinero va a fluctuar mucho o poco. Así, en economías donde dicho interés fluctúa poco y cuando lo hace tiende a caer, es mejor un tipo de interés variable. Por el contrario, en las economías donde hay mucha incertidumbre sobre si el interés legal del dinero va a subir, es mejor no arriesgar y asegurarse un tipo de interés fijo que sea razonable para el prestatario.

4. ¿Qué es el MIBOR?

Muchos contratos de Préstamos Hipotecarios establecen como tipo de interés un tanto por ciento más o menos el MIBOR. El MIBOR es una referencia general (Madrid Inter-bank Offered Rate). Es el tipo de interés calculado a partir de la media aritmética simple de los tipos de interés diarios a los que se han cruzado operaciones a plazo de un año en el mercado interbancario de Madrid. A veces se utiliza también el Euribor, que es el europeo.

5. ¿Es aconsejable contratar un seguro para nuestra vivienda si hemos solicitado una hipoteca?

Normalmente la Entidad Financiera recomienda contratar un seguro multirriesgo-hogar, con el que se pretende cubrir el riesgo de daños sobre el continente y contenido de la vivienda hipotecada. Este Seguro es muy conveniente para toda vivienda, independientemente de que se haya contratado un Préstamo Hipotecario.

6. ¿Qué es la tasación de la vivienda y quién la paga y la realiza?

Una vez que la Entidad Financiera decide otorgar el Préstamo procede a realizar la tasación del bien a hipotecar, requisito indispensable para la concesión de un Préstamo Hipotecario. Con ella se fijará aproximadamente el valor del inmueble que quedará como garantía del pago de la deuda. La tasación la paga el cliente y la realiza normalmente una entidad especializada, una sociedad de tasación.

7. ¿Cuál es el límite máximo que una Entidad Financiera puede conceder a un prestatario?

Depende de la liquidez de quien solicita el Préstamo, pero normalmente las Entidades Financieras en Préstamos Hipotecarios no conceden más del 80% del valor de tasación de la vivienda.

 

 
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